El
Acuerdo Transatlántico para el comercio y la inversión -más
conocido como TTIP- es un tratado que se está negociando en la
actualidad entre los Estados Unidos y la Unión Europea para
“aumentar el comercio y la inversión entre la UE y los EEUU
haciendo un mercado que genere nuevas oportunidades económicas de
creación de empleo y crecimiento mediante un mejor acceso al mercado
y una mayor compatibilidad reglamentaria”.
Su
origen remoto se encuentra en la Declaración Transatlántica firmada
en noviembre de 1990, aunque es en junio de 2013 –y a espaldas de la
población- cuando comenzaron las negociaciones entre las dos
potencias para promover el acuerdo. La UE y EEUU están perdiendo
poder económico y político en el mundo. Con este tratado buscan
crear la “zona de libre comercio más grande del planeta”: una
forma de hacer la competencia y declarar la guerra a otras grandes
potencias (China y Rusia) y recuperar parte de ese poder. No
obstante, han sido multinacionales como la industria automovilística,
farmacéutica y agroalimentaria, empresas energéticas y de
servicios, bancos, etc.- a ambos lados del Atlántico- las que más
han presionado para llevar a cabo estas negociaciones. Es más, la
mayoría de reuniones que ha mantenido la Comisión Europea sobre el
tratado ha sido con grupos de presión de las grandes empresas.
OPACIDAD
La
negociación se produce con bastante opacidad entre la Unión Europea
-a través de la Comisión Europea- y los EE.UU. La Comisión europea
tiene un mandato negociador que contiene información reservada que
pese a estar hoy publicado no deja de plantear dudas y problemas.
Los
trámites para su entrada en vigor serían los siguientes: una vez
concluidas las negociaciones por las delegaciones de ambas partes, la Comisión europea lo presentará al Consejo de
la Unión, que deberá aprobarlo por mayoría cualificada (55% de los
Estados que representen el 65% de la población). Tras este visto
bueno, se someterá a aprobación en el Parlamento Europeo y,
posteriormente se ratificará por los Parlamentos nacionales. Hemos
de tener presente que las votaciones son sobre la totalidad del
proyecto, y que, por tanto, no cabrían enmiendas de los Estados.
Pese
a su importancia, que puede suponer de facto una mutación
constitucional desde un punto de vista de la “Constitución
económica”, no hay previsiones de que se someta a referéndum
ciudadano ni en España ni en la Unión Europea. (Fuente: El diario.es)
VOCES
A FAVOR, VOCES EN CONTRA
Respecto
a lo que conllevaría para Europa, un estudio encargado por la
Comisión Europea cifra en 119.000 millones de euros anuales los
beneficios económicos que supondría la libertad de comercio
transatlántica. A su vez afirma que las exportaciones de la UE a los
EEUU aumentarían en un 28%.A esto se le añade las declaraciones de
Francisco Fonseca (Representante de la Comisión Europea) el cual
defendía que dicho tratado beneficiaria a cada familia europea con
un aumento de los ingresos anuales en torno a 550 euros.
Por
otro lado, colectivos como Ecologistas en Acción se manifiestan en
contra del libre comercio transatlántico. Juan Escribano,
perteneciente a esta organización, denunciaba que el objetivo es el
libre establecimiento de las empresas el cual solo se puede llevar a
cabo si se eliminan las medidas no arancelarias, entras las que están
de protección de medio ambiente, sanidad y de medios
laborales.
¿QUÉ PASA CON NUESTROS ALIMENTOS?
Con
respecto a la importación de productos, un tema crucial en el TTIP
es el de la seguridad alimentaria. Mientras que en la UE la
supervisión alimentaria se produce en todas las fases de la
producción de un alimento, al lado izquierdo del Atlántico, solo se
revisa el producto final.
Con el TTIP, los 150 tipos de transgénicos de maíz, soja y colza
que se cultivan en Estados Unidos, se importarían. Esto sería
especialmente grave en España, donde actualmente ya se están
cultivando el 90% de los transgénicos de toda la UE. Además
en EEUU es muy habitual la desinfección de productos animales, es
decir sumergir los pollos, pavos, cerdos y otros tipos de carne en
cloro al final del proceso de producción, enmascarando posibles
enfermedades del ganado.
Pan de cada día en EEUU es el uso de hormonas de crecimiento para
tratar la carne. Tras publicarse varios estudios científicos en los
que se demostraba que comer este tipo de carne presentaba graves
riesgos de padecer cáncer, problemas endocrinos, de desarrollo,
inmunológicos y neurobiológicos, especialmente para los niños, la
UE reconoció en 1981 y reafirmó en 2003 que “el uso de hormonas
como promotores del crecimiento en el ganado representaba un grave
riesgo para la salud de los consumidores”, prohibiendo su uso.
Así
como la ractopamina, que se emplea en EEUU como aditivo alimentario
para promover el crecimiento de la masa muscular en cerdos, vacas y
pavos. Además de representar un peligro para la salud humana,
también puede afectar a los animales; causando incluso la muerte.
Por estos motivos está prohibida en más de 160 países de todo el
mundo, así como en la UE 1996.
Tenido
en cuenta que en todos los tratados de libre comercio llevados a cabo
a lo largo de la historia y las declaraciones de varias
organizaciones, en el TTIP la homogenización de las normas entre
ambas potencias seria hacia la baja por lo que posiblemente veamos en
nuestros mercados muchos de estos productos hasta ahora prohibidos.
DERECHOS
LABORALES
Otro
problema radica en las desigualdades normativas en el ámbito laboral
que existen entre ambos estados pues en los EEUU impera una fuerte
desregulación frente a UE, es decir, marca el mínimo común, la
dirección en la que se mueve Europa, en la que nos movemos nosotros.
Por ejemplo, EEUU no ha firmado 70 de los tratados de la OIT, entre
ellos los referidos a negociación colectiva, libertad sindical,
trabajos forzosos, huelga o trabajo infantil. En 23 estados de los
EEUU tienen lo que llaman “derecho al trabajo”, por el cual se
prohíben los acuerdos entre empresa y sindicatos, siendo lo habitual
negociar individualmente el sueldo, el horario laboral, las
vacaciones, el seguro de enfermedad y la pensión.
Además,
en EEUU no todos tienen derecho a la huelga (los funcionarios de
algunos estados lo tienen prohibido), ni se permite hacer una huelga
general a nivel nacional, sólo pueden hacer huelga en períodos de
negociación laboral. Pero éstas se pueden abortar legalmente, ya
que a las empresas se les permite contratar trabajadores que
sustituyan a los huelguistas, pues, es muy habitual contratar por
horas.
Tampoco
se ha regulado a nivel nacional ni las bajas por enfermedad ni las
vacaciones ni la indemnización por despido, estas se han de negociar
con cada empresa y los límites, de existir, los pone cada estado,
por ejemplo, la baja por enfermedad está entre 3 a 6 días al año.
En
cuanto al salario mínimo, EEUU ha fijado uno para empleados que no
reciben propinas, que está entre 7 y 9 dólares la hora, y otro para
los que sí reciben propinas, está entre los 3,5 y los 4,5 dólares
la hora. Por consiguiente, es la UE la que va a perder los derechos
adquiridos a lo largo de la historia desregulándolos, y esta
desregulación no sólo supone una disminución de los salarios y una
precarización de las condiciones laborales, sino también, ocasiona
una serie de costes ambientales, sanitarios y sociales a los que
deberemos hacer frente con cada vez menos recursos. (Fuente: ATTAC)
UN
PARAÍSO PARA LAS MULTINACIONALES
Es
en este momento cuando entraría en juego el ISDS (Solución de
controversias Inversor-Estado).Un mecanismo que velaría por los
derechos de los inversores extranjeros. Hasta aquí bien, pero este
organismo antepondría los derechos de dichas multinacionales a los
de un Estado, esto quiere decir que permite a los inversores
extranjeros denunciar a un Estado ante un tribunal de arbitraje
privado cuando sientan que algunos de sus “derechos” han sido
vulnerados, por ejemplo, por el cambio de una legislación que afecte
a sus beneficios presentes o futuros.
El
sistema de arbitraje se hace a puerta cerrada y, como explica Luis
Rico, coordinador del Proyecto de Tratados e Inversiones de
Ecologistas en Acción, “si una de las dos partes pide que no haya
comunicación, no la habrá. Se trata de un proceso poco transparente
y sin control ciudadano”. Además, es un mecanismo unidireccional:
sólo la empresa extranjera puede denunciar al Estado ante estos
tribunales, y no al contrario, aunque estas corporaciones hayan
violado derechos humanos o legislación ambiental o laboral. (Fuente: Periódico Diagonal) (
Estos
tribunales están formados por 3 abogados pertenecientes a firmas
internacionales de reconocido prestigio a nivel internacional, que
habitualmente trabajan para los inversores extranjeros.
En
los últimos años, muchos han sido los Estados que se han visto
obligados a desembolsar sumas ingentes de dinero público a
multinacionales que los denunciaron amparándose en el ISDS. Como
Ecuador, que pagó en 2012 la mayor cantidad hasta el momento, 2.300
millones de dólares, a Occidental, una compañía petrolera
estadounidense, después de que el tribunal de arbitraje decidiera
que poner fin al contrato de esta petrolera equivalía a una
expropiación a pesar de que la empresa hubiera violado el contrato.
O Eslovaquia, que se vio obligada a pagar a la empresa aseguradora
holandesa Achmea 29,5 millones de euros, el equivalente a todo su
presupuesto en Sanidad, cuando el nuevo gobierno electo decidió
revertir el proceso de privatización del sistema sanitario. Mientras
tanto, Egipto espera el resultado arbitral después de que la empresa
Veolia denunciara en 2013 al Estado por sentirse perjudicada por el
aumento del salario mínimo.
SANIDAD
¿SERVICIO PÚBLICO O NEGOCIO?
En
relación a los servicios públicos sanitarios, la regulación
presente en la Unión Europea es notablemente más estricta que la
vigente en los Estados Unidos, de modo que el TTIP presumiblemente
afectaría relajando (“flexibilizando”) la legislación en
múltiples ámbitos, tales como la protección de la salud –controles
sanitarios de alimentos, medicamentos,…-, el ejercicio de las
profesiones sanitarias o la inversión de empresas privadas en la
prestación de servicios sanitarios.
No
obstante tanto los documentos publicados como declaraciones
posteriores del Ministro de Economía, Luis de Guindos, dejan claro
que el ánimo liberalizador del TTIP no quiere dejar al margen ningún
sector de la economía que pueda ser susceptible de recibir
inversiones privadas
Los
efectos que el TTIP puede tener en el sector sanitario son,
principalmente, dos: por un lado incrementar la apertura y
facilidades para que empresas aseguradoras de los Estados Unidos
puedan implantarse en los países miembros de la Unión Europea,
dotando sus inversiones de una mayor seguridad jurídica y
disminuyendo la soberanía en la gestión de ciertos sectores por
parte de los países de la Unión. Y por otro blindar los procesos de
liberalización y privatización emprendidos en los últimos años en
los países de nuestro entorno.
El TTIP marcará una antes y un después tanto en nuestra
alimentación, sanidad y en nuestro comercio así como en la economía
y en los servicios públicos.
Darío S. (4º ESO C)
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